⚖️ Categoría expropiatoria Artículo 89 (Ley 39/2015) (R78' vs Res Pública) ❤️💛💜
Artículo 89. Personalidad jurídica y potestades.
1. Los organismos públicos tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y
tesorería propios, así como autonomía de gestión, en los términos previstos en esta Ley.
2. Dentro de su esfera de competencia, les corresponden las potestades administrativas
precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos que prevean sus estatutos, salvo
la potestad expropiatoria.
Artículo 89. Res Pública
1. Cumplir estutos particulares dentro de la configuración descentralizada del Estado para expropiar una empresa en su conjunto sin procedimientos indirectos conforme a la Ley.
2. Dentro de las regulaciones de la CNMV, la administración cumplirá sus fines (expropiación).